Prohibieron una cerveza, galletitas y aceite de oliva

Lo comunicó la ANMAT, a través del Boletín Oficial. Entérate cuáles son y porqué.

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología (ANMAT) emitió la Disposición 8512/2019, mediante la cual prohibió la comercialización y distribución de una cerveza, galletitas y productos de limpieza, entre otras cosas.

Según consta en el Boletín Oficial, quedó prohibida la comercialización del producto “Galletitas, Quesitos, Omega 9, 0% grasas trans., Peso aproximado: 140 grs.”, ya que el mismo no cumple con la normativa vigente para la rotulación de alimentos.

Además, se puso de manifiesto que el rótulo carece de identificación del origen (no se detallan ni la razón social ni domicilio del elaborador ni tampoco consigna el número de RNE), no figuran ni la identificación del lote ni el número de RNPA ni la denominación, no se declara el enriquecimiento del ingrediente harina de trigo según la Ley 25.630, no consta la información nutricional, no se declara la marca y en el rótulo figuran leyendas que no cumplen con lo especificado en el Capítulo V del C.A.A.(orden 2).

Por otra parte, mediante la disposición 8559/2019, se prohibió el consumo y comercialización de la cerveza especial Mahou Cinco Estrellas, libre de gluten y fabricada en España.

Esta medida se tomó porque el producto no tiene antecedente de registros del rótulo “libre de gluten” en dicha cerveza.

Otra prohibición se dio con el aceite de oliva extra virgen, marca Finca Don Francesco, ya que el establecimiento donde se elabora y el producto no se encuentran registrados en los organismos oficiales.