Gestionan beneficios para el interior provincial

La Subsecretaría de Gobierno, dependiente del Ministerio de Gobierno de la Provincia de Santa Cruz, informa a las localidades de Puerto Santa Cruz y Comandante Luis Piedra Buena que se encontrará a disposición de los interesados la posibilidad de inscribir a sus viviendas como Bien de Familia (Ley 14.394) de forma totalmente gratuita.

 

El Ministerio de Gobierno de la Provincia de Santa Cruz, a través de la Subsecretaria de Gobierno, Licenciada Soledad Boggio junto a su equipo, continúa trabajando en pos del bienestar de la comunidad santacruceña, facilitando esta vez, los trámites necesarios para la inscripción de las viviendas como Bien de Familia. Luego de realizarlo en El Calafate, y teniendo en cuenta los objetivos del Ministro, Gustavo Martínez, de acercar y facilitar a los habitantes los trámites dependientes de esa cartera, a partir del 14 de Julio (hoy) y hasta el 01 de Agosto los vecinos de la localidad de Puerto Santa Cruz podrán acercarse a las instalaciones de la Municipalidad local, como así también lo podrán hacer los habitantes de Comandante Luis Piedra Buena en el Registro Civil, hasta el 01 de Agosto del año en curso. Esto, cabe destacar que se logra también, gracias a la predisposición del intendente Néstor González y a las autoridades del Registro Civil de Piedra Buena.

El Bien de Familia (regulado por la Ley 14394) tiene por finalidad proteger patrimonialmente el núcleo familiar y resguardar la propiedad de una posible ejecución por deudas del titular posteriores a su constitución, esto significa que una propiedad inscripta como bien de familia puede ser embargada pero no ejecutada (siempre hablando de deudas posteriores a la inscripción como bien de familia).

La normativa vigente entiende como Bien de familia a la integrada por: Titular y conyugue /o concubina. Titular y conyugue/o concubina e hijos. Titular e hijos. Titular y padres.

La propiedad afectada a bien de familia difícilmente sea aceptada como garantía, pero no existe ningún impedimento legal; dicha afectación debe ser levantada antes de una venta.

Los requisitos para poder acceder a este beneficio son los siguientes: Nota dirigida al Registro de la Propiedad Inmueble (Por Duplicado. La original debe enviarse con toda la documentación original y la copia debe quedar para el interesado como constancia de presentación en la que el funcionario o personal designado para la recepción, deberá consignar fecha de recepción, Apellido, Nombre y firma); Título original de la vivienda; Certificado de matrimonio o concubinato y Certificado de nacimiento de los hijos (si los hubiera).

Además: Fotocopia de Documento de los padres (para el caso titular y padres) y Certificado de valuación fiscal.

Una vez reunido los requerimientos, la documentación deberá presentarse en un sobre papel madera tamaño oficio, el que tendrá que llevar indicado en su exterior: Nombre y Apellido del Titular, Dirección y N° de Teléfono Fijo y/o Celular de contacto.

Ante cualquier consulta pueden contactarse en Comandante Luis Piedra Buena con la responsable Ivana Ygor, en Puerto Santa Cruz con Néstor Gallardo y Andrea Saldivia o bien comunicarse con el Registro de la Propiedad Inmueble sito en Av. San Martin 971, Río Gallegos, teléfono: 02966-425343.