La jueza que interviene en la causa por las actividades vinculadas con la explotación de hidrocarburos en las Islas Malvinas resolvió mantener la medida cautelar dictada el 16 de septiembre y rechazó, por ahora, la incorporación del Estado Nacional como parte del proceso.

En su decisión, sostuvo que la participación de organismos nacionales para aportar información no implica necesariamente que el Estado deba convertirse en sujeto procesal. Ya se habían solicitado informes a la Dirección de Evaluación de Impacto Ambiental de la Subsecretaría de Ambiente, a la Secretaría de Energía y al Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto.

La magistrada también señaló que la sola condición de legitimado ambiental o la existencia de competencias nacionales vinculadas con el emprendimiento no obligan a su participación en todos los procesos de tutela ambiental. Agregó que, hasta el momento, la necesidad de incorporar al Estado Nacional no surge de los antecedentes de la causa.

La Provincia de Tierra del Fuego había pedido intervenir como litisconsorte, con las mismas facultades procesales que la parte principal, al invocar competencias sobre los recursos naturales y la legitimación prevista en la Ley General del Ambiente. Sin embargo, la jueza entendió que no expuso una posición material diferenciada que justificara actuar con autonomía en el expediente.

Por ese motivo, admitió su intervención como tercero coadyuvante simple, lo que le permitirá formular argumentos, aportar elementos de juicio y promover pruebas dentro de los límites de la acción original, pero no incorporar reclamos propios ni ampliar el objeto de la demanda.

La resolución también rechazó el pedido para introducir nuevos requisitos de revisión de la cautelar y para intimar a las empresas demandadas a presentar la documentación referida a sus seguros y garantías ambientales. La jueza consideró que todavía no se incorporaron los informes pendientes ni se acreditó una urgencia que justifique modificar ese esquema.

La causa fue impulsada por el CECIM La Plata y la AAdeAA contra Rockhopper Exploration y Navitas Petroleum por actividades vinculadas con la explotación de hidrocarburos en Malvinas, que las organizaciones consideran ilegales por desarrollarse sin autorización argentina.

Tras la resolución, el CECIM destacó la incorporación de Tierra del Fuego al expediente y la continuidad de la medida cautelar.