El titular de la Sede Fiscal Descentralizada Río Grande, Marcelo Rapoport, solicitó la elevación parcial a juicio de la causa contra cinco integrantes de la empresa de reparación de aeronaves Air Delta S.R.L., a quienes atribuyó haber actuado con negligencia en el mantenimiento del sistema de control de alerones del avión sanitario Learjet 35A que se accidentó poco después de despegar del aeropuerto de esa ciudad fueguina el 1° de julio de 2022.
El requerimiento fue presentado el 8 de octubre pasado ante el Juzgado Federal de Río Grande e incluye a tres mecánicos —J.G.G., M.A.V. y A.L.E.—, al inspector D.G.S. y al representante técnico R.O.A.B. A los cinco, el fiscal los acusó por accidente aéreo culposo agravado por el fallecimiento de cuatro personas, en calidad de coautores, en los términos del artículo 196, primer y segundo párrafo, del Código Penal de la Nación, delito que prevé una pena de 1 a 5 años de prisión.
Según la acusación, las omisiones en las tareas de mantenimiento y supervisión permitieron que se desenroscaran progresivamente los tensores de los cables de alerones, hasta que se desconectaron y provocaron la pérdida de control de la aeronave. El fiscal sostuvo que la prueba reunida permite atribuirles el siniestro por negligencia en la ejecución de dos órdenes de trabajo.
La fiscalía señaló que el origen del accidente estuvo en la ausencia de los locking clips o clips de bloqueo, elementos de seguridad que impiden que los tensores de los cables de interconexión de alerones se desenrosquen por efecto de las vibraciones durante el vuelo. La primera omisión, de acuerdo con el requerimiento, ocurrió durante la orden de trabajo N°1605, realizada el 28 de febrero de 2020, que comprendía tareas de tensión de los cables de alerones.
En esa intervención, la acusación indicó que el procedimiento quedó incompleto porque no se colocó el clip de bloqueo. Esa tarea estuvo a cargo de J.G.G.; D.G.S. debía controlar su correcta ejecución, mientras que R.O.A.B., como representante técnico del taller, tenía a su cargo la supervisión de las tareas de mantenimiento.
La segunda intervención correspondió a la orden de trabajo N°1819, del 30 de noviembre de 2021, que consistió en inspeccionar los cables para verificar que no estuvieran dañados o deshilachados. En esa oportunidad, la ausencia del elemento de seguridad tampoco fue advertida ni corregida. La fiscalía atribuyó esa omisión a M.A.V., A.L.E., D.G.S. y R.O.A.B., en función de las responsabilidades asignadas a cada uno.
Rapoport remarcó que la responsabilidad de los imputados debía analizarse según las funciones específicas que cada uno desempeñaba dentro del taller y encuadró la imputación en las reglas de la “autoría concomitante o concurrente”. También cuestionó el argumento de los acusados sobre una supuesta falta de claridad del manual de mantenimiento.
Para fundamentar la imputación, el requerimiento repasó peritajes, análisis de restos de la aeronave, grabaciones de cabina, registros fílmicos, informes meteorológicos, estudios sobre los motores, manuales técnicos y órdenes de trabajo, entre otros elementos incorporados durante la investigación.
El accidente ocurrió cuando el Learjet 35A, perteneciente a Flying America S.A., se disponía a despegar del Aeropuerto Internacional Gobernador Ramón Trejo Noel de Río Grande con destino a Buenos Aires, en el marco de un vuelo sanitario. Poco después de iniciar la carrera de despegue por la pista 26, la aeronave alcanzó unos metros de altura y perdió el control. Tras inclinarse hacia la izquierda, nivelarse momentáneamente y volver a rolar hacia ese lado, cayó a unos 1.870 metros de la cabecera de la pista y a 300 metros a la izquierda de su eje. El impacto provocó la destrucción y el incendio del avión.
Como consecuencia del siniestro murieron el piloto Claudio Canelo, el copiloto Héctor Vittore, la enfermera Denise Torres García y el médico Diego Ciolfi. La investigación incluyó informes meteorológicos y autopsias, análisis del combustible y del funcionamiento de los motores, el resguardo de grabaciones de cabina y comunicaciones con la torre de control, estudios del historial de mantenimiento y un peritaje oficial de un ingeniero aeronáutico, con apoyo de especialistas de la Fuerza Aérea.
Los cinco imputados habían sido procesados sin prisión preventiva el 20 de noviembre de 2025 por el mismo delito. El 7 de julio de 2026, la Cámara Federal de Apelaciones de Comodoro Rivadavia confirmó esa decisión respecto de ellos. En cambio, revocó el procesamiento de otro imputado, socio gerente de Air Delta, y dictó la falta de mérito, por lo que se ordenaron nuevas medidas de prueba en relación con ese caso.
En ese contexto, la Sede Fiscal Descentralizada Río Grande pidió la elevación parcial a juicio de la causa respecto de los cinco integrantes del taller.