Prestadores turísticos quedan exentos del arancel del RPAT hasta fin de año

El Gobierno de Santa Cruz dispuso una exención temporal del arancel anual de mantenimiento del Registro Provincial de Actividades Turísticas (RPAT) para los prestadores registrados en toda la provincia.

La medida fue establecida mediante la Resolución N° 303/2026 del Ministerio de la Producción, Comercio e Industria y tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de este año. El beneficio alcanza, entre otros, a alojamientos turísticos, agencias de viajes, guías y prestadores de turismo aventura.

La disposición se enmarca en la Ley Provincial N° 3996 de Emergencia Comercial, Industrial y PyME, vigente hasta fin de año, y busca reducir transitoriamente una de las cargas que afrontan los prestadores que desarrollan actividades turísticas formalmente registradas.

El beneficio alcanza a toda la provincia

La exención rige para los prestadores inscriptos en el RPAT de todo el territorio santacruceño, con impacto particular en destinos turísticos como El Calafate y El Chaltén, donde existe una importante concentración de servicios vinculados a la actividad.

Sin embargo, la medida no implica la eliminación ni la suspensión del registro. Los prestadores deberán continuar cumpliendo con las obligaciones de inscripción, actualización de datos y los requisitos legales, técnicos y de seguridad establecidos para cada actividad.

El único concepto que queda exceptuado temporalmente es el arancel anual correspondiente al mantenimiento de la inscripción.

Qué sucede con quienes ya abonaron

La resolución también contempla a quienes ya hayan pagado el arancel correspondiente a 2026.

En esos casos, los prestadores podrán solicitar que el importe abonado sea reconocido como crédito a cuenta de futuras obligaciones. Para acceder a este beneficio deberán realizar una presentación ante la Dirección Provincial de Turismo, ya que el reconocimiento no se realizará de manera automática.

Desde el Gobierno provincial señalaron que la medida forma parte de las herramientas previstas en el marco de la Emergencia Comercial y apunta a aliviar transitoriamente los costos administrativos y financieros del sector.

El RPAT, en tanto, continuará vigente y seguirá siendo obligatorio para los prestadores alcanzados por la normativa turística provincial.