Le disparó tres veces, pero dice que no tuvo intención de lastimarla

A lo largo de toda la mañana del lunes se concretó en la sala de audiencias de los tribunales del barrio Roca la jornada de alegatos finales en el juicio por el hecho acontecido el pasado 10 de agosto de 2017 que tiene como único imputado a E. D. M., quien al hacer uso de su derecho a declarar pidió disculpas por haberle disparado a su pareja.

“No tuvo intención de lastimarla, si es la madre de mis hijos”, dijo E.D.M. en la última jornada del juicio al que fue sometido por haberle disparado a su pareja. El próximo martes, a las 12, el Tribunal dará a conocer el veredicto de responsabilidad penal.

En su alegato final, la fiscal consideró que quedó probado a lo largo del debate tanto la materialidad del hecho, como la autoría y responsabilidad del mismo por parte del imputado. “Estamos evidentemente ante un caso de femicidio en grado de tentativa. Se han probado todos los hechos que se le han imputado a E. D. M. tal como se detalló en la acusación. Se ha probado la relación de pareja que existía entre el imputado y la víctima; y que tienen cuatro hijos en común. Existía una clara dependencia afectiva, emocional y económica de la víctima con el imputado”, dijo María Laura Blanco.

Antes del hecho juzgado, relató la fiscal que hubo episodios de agresiones físicas y psicológicas. “Había una relación asimétrica, jerarquizada, en la que la víctima se encontraba inmersa. Las lesiones sufridas quedaron acreditadas por los testimonios de los médicos que la atendieron en el Hospital y el de la médica forense. Con la información obtenida del celular secuestrado del imputado y de su GPS se pueden dar muchas más precisiones sobre el contexto del hecho”, acotó.

Destacó la fiscal una frase de la víctima durante el juicio: “eran discusiones, no es que me pegaba todo el tiempo”. A criterio de Blanco, ello confirma la relación de sometimiento y dependencia ante un claro caso de violencia de género.

Además consideró acreditada la utilización de un arma de fuego, por las heridas de la víctima, el impacto de bala en la vivienda y la sangre en el lugar.

Según la forense, fueron al menos dos disparos los recibidos por la víctima, lo cual desvirtúa la versión del imputado de que “se le escapó el tiro”, ya que “¿cómo podemos accionar accidentalmente el arma dos veces?”.

Por todo ello la fiscal requirió que se declare al imputado penalmente responsable del delito de “amenazas coactivas agravadas por el uso de arma de fuego, en concurso real con homicidio en grado de tentativa, agravado por ser cometido contra la persona que se mantiene una relación de pareja, y por mediar violencia de género y por ser cometido por el uso de arma de fuego, con dolo eventual”.

LA DEFENSA

Por su parte el defensor consideró que la parte acusadora “hace una valoración parcial y arbitraria de la prueba. Debemos hacer una análisis previo y otro posterior al hecho donde mi asistido traslada a su mujer herida al Hospital. En el juicio no se ha podido acreditar el accionar de mi defendido con dolo directo, ni tampoco con dolo eventual, sostuvo el defensor. La misma víctima al ser consultada contestó que cree que no fue intencional el disparo”.

Franco Mellado también cuestionó la medida de allanamiento posterior al hecho ya que la casa estaba vaciada, solicitando por ello la nulidad de lo actuado y que se recalifique el hecho en lesiones leves culposas, en concurso real con amenazas coactivas agravadas por el uso de arma de fuego”.

El tribunal de debate fue presidido por Gladys Olavarría, e integrado por Raquel Tassello y Alejandro Soñis.