Proponen congelar el boleto estudiantil de transporte público

Se trata de un proyecto de ordenanza del edil Eloy Echazú, a presentarse este jueves en el legislativo Municipal. Comprende un alcance a los estudiantes de todos los niveles educativos. Busca retrotraer el precio a marzo del 2017.

Este jueves se realizará una nueva sesión ordinaria en el Concejo Deliberante. En el inicio del año legislativo, el concejal Eloy Echazú presentará un proyecto de ordenanza que beneficiará a todos los estudiantes que utilicen el transporte público. El mismo ya fue despachado para ingresar a la orden del día para el próximo 16 de marzo. Busca congelar el precio del boleto estudiantil. retrotrayendo el valor a marzo del año 2017.

En los fundamentos, el expediente remarca que “el Boleto Estudiantil, es un beneficio para todos los estudiantes del país de ciclo inicial, primario, secundario, terciario y universitario, pertenecientes a establecimientos de enseñanza públicos y privados, y debería cubrir la totalidad de las actividades educativas”.

Asimismo expresa que es una demanda social constante, “por la cual se han logrado soluciones adecuadas a sus contextos educativos, sociales, culturales y económicos que en general han consistido en la fijación de tarifas diferenciales, el acuerdo de la empresas locales y el compromiso del Estado Municipal para no dificultar la gestión económica de la prestataria del servicio”.

En otro párrafo recuerda que el departamento Ejecutivo Municipal ha realizado el llamado en dos oportunidades para una nueva línea de colectivos, no habiendo alguna oferta, y mediante medios de comunicación, la empresa actual del servicio de transporte, solicitó un aumento en el valor del boleto.

En sus dos primeros artículos, expresa: Artículo 1°: CONGELESE, el valor del Boleto Estudiantil para ser utilizado en el ámbito de prestación de servicio público de transporte colectivo concesionados por la Municipalidad de Rio Gallegos en los términos, condiciones y alcance establecidos en la presente Ordenanza y su reglamentación retrotrayendo el valor al 01 de marzo de 2016.

Artículo 2°: BENEFICIADOS Serán beneficiarios del congelamiento del valor del boleto estudiantil todos los estudiantes ya sean de Nivel Inicial, Primarios, Secundarios, Terciarios y/o Universitarios pertenecientes a instituciones educativas tanto públicas como privadas, establecidas en el Artículo 2° de la Ordenanza N° 6710 ( Creación del Boleto Estudiantil).

(Fuente: TN Rio Gallegos.)