Piden siete años de cárcel para los inspectores de tránsito culpables de robo y extorsión

Facundo Garbarino y Mauro Cárdenas participaron ayer de la audiencia de cesura -imposición de pena- en el marco del juicio que se desarrolla en su contra. La fiscal Camila Banfi pidió 7 años de prisión para ambos y prisión preventiva en caso de que hoy reciban cárcel efectiva. Los defensores, en cambio, requirieron el mínimo de pena y adelantaron que impugnarán la sentencia.

El tribunal colegiado integrado por los jueces Daniela Arcuri, Mariel Suárez y Gladys Olavarría hoy dará a conocer las condenas que deberán cumplir los dos inspectores de tránsito municipales que el pasado 6 de diciembre -durante el juicio oral y público que se celebra en su contra- fueron declarados culpables del delito de ?extorsión en concurso real con robo agravado por el uso de arma, en grado de tentativa”.
Según la acusación fiscal, durante la madrugada del 10 de marzo de este año Facundo Garbarino y Mauro Cárdenas se hicieron pasar por integrantes de la Brigada de Investigaciones de la Policía del Chubut para extorsionar a conductores que interceptaron en sus vehículos con la intención de obtener dinero.
Los imputados amenazaron y atacaron a los automovilistas con un bastón extensible y una picana eléctrica para exigirles dinero a cambio de no secuestrarles los automóviles. Sin embargo, tras esta maniobra ilícita fueron detenidos por la policía y se les secuestraron las armas utilizadas y el dinero de las víctimas. Una de ellas fue picaneada y obligada a ingresar a un banco.

SIETE AÑOS DE PRISIÓN

Los inspectores fueron hallados penalmente responsables de los delitos e inmediatamente fueron exonerados de sus cargos en la municipalidad por orden del intendente Carlos Linares. Ambos ayer asistieron a la audiencia de cesura o imposición de pena que se celebró en la sede de los tribunales de la avenida Portugal y Monseñor D? Andrea.
En el comienzo se escuchó la palabra de “testigos de concepto”, dos inspectores municipales compañeros de trabajo de los acusados. Estos refirieron que Garbarino y Cárdenas ?son buenas personas” y que tenían una “excelente relación” con sus compañeros de trabajo y sus jefes.
Luego, la madre de Cárdenas sostuvo que a su nieto le tuvieron que explicar que su padre ?no puede salir de su casa porque se portó mal?. Para ella, la causa se trató de una pesadilla. “Siempre le inculqué principios?, señaló.
En igual sentido, la pareja de Cárdenas aseguró que el acusado era muy apegado a su hijo y a la familia: “nunca tuvimos ningún problema con nadie?.
A su turno, la fiscal general Camila Banfi solicitó al tribunal que luego de la declaración de responsabilidad penal de los imputados se les imponga la pena de 7 años de prisión. Ello teniendo en cuenta las circunstancias atenuantes y agravantes contempladas en el Código Procesal Penal.
Como agravantes consideró la modalidad de cómo ocurrieron los ilícitos, el despliegue utilizado y el uso de uniformes. También mencionó la pluralidad de autores y que se trató de un plan delictual; la nocturnidad en que fueron cometidos los delitos y la calidad de sujetos como funcionarios públicos, quienes “debieron orientarse en la norma”.
Según los exámenes mentales obligatorios, ambos inspectores comprenden la criminalidad de sus actos y no poseen enfermedad mental alguna. Como circunstancia atenuante, la acusadora pública consideró la falta de antecedentes penales y la edad de los mismos.

PENAS MÍNIMAS

El defensor Miguel Romero, quien asistió a Garbarino, adelantó que impugnará la sentencia y que la violencia esgrimida por la fiscal es propia del delito contra la propiedad.
No debe considerarse la pluralidad de autores y tampoco el agravante de la nocturnidad. La calidad de funcionarios públicos también debe descartarse, consideró.
Para el abogado deben tenerse en cuenta como atenuantes la corta edad y la carencia de antecedentes penales.
“Existen evidencias que no estaban plenamente conscientes de lo que estaban haciendo ya que habían ingerido abundante alcohol?, argumentó Romero.
Solicitó que se aplique el mínimo de pena establecido para el delito en cuestión y se establezca la pena de 3 años de prisión de efectivo cumplimiento para Garbarino.
Por su parte, el defensor Alejandro Fuentes que representó a Cárdenas también dejó planteada la reserva de impugnación. “La Fiscalía refirió a lo largo del juicio que no actuaron como funcionarios públicos y ahora lo plantea como agravante. Ello no puede ser tenido en cuenta”, sostuvo.
Para el penalista los acusados no estaban en el uso pleno de sus facultades. “Mi asistido no es un delincuente y ésta ha sido una circunstancia especial?, consideró. Además solicitó una pena que no exceda los 3 años de prisión de cumplimiento efectivo en virtud del daño causado.
Luego, Banfi peticionó al tribunal que en caso de que resuelva una pena de cumplimiento efectivo se revoque el arresto domiciliario de ambos imputados y se les imponga la prisión preventiva. Ello en base al peligro de fuga, la gravedad del delito y la pena que se espera. “Es lógico y razonable que se les imponga la medida de coerción hasta que la sentencia quede firme”, evaluó.
Los defensores se opusieron a esa solicitud y justificaron que rige el principio de inocencia hasta que la sentencia quede firme, es decir que deben mantener el arresto domiciliario. Las magistradas resolvieron que hoy a las 12 darán a conocer su veredicto.

(Fuente: El Patagonico.)