La Subsecretaría de Políticas de Accesos y Apoyo revisó las pensiones por invalidez que habían sido restituidas por orden judicial y detectó casos en los que los titulares no presentaron documentación luego de ser notificados.

En esos casos, la restitución quedó sin efecto. La resolución, sin embargo, habilita una vía para recuperar el beneficio.

Las personas alcanzadas tendrán 60 días corridos desde la notificación para pedir la rehabilitación con documentación médica actualizada, la renovación de sus datos personales o los antecedentes que acrediten su derecho.

Los trámites podrán realizarse en las oficinas de atención de la Secretaría Nacional de Discapacidad, en agencias y Unidades de Gestión Local (UGL) del PAMI habilitadas, a través del formulario de consultas del Ministerio de Salud en argentina.gob.ar/salud/consultas-al-ministerio-de-salud, por la plataforma Trámites a Distancia (TAD), con el trámite “Presentación de Documentación para Pensión Invalidez”, o por correo electrónico a [email protected].

Las áreas técnicas de la Secretaría evaluarán cada presentación para definir si corresponde rehabilitar el beneficio. Además, contra la medida podrán presentarse recursos administrativos dentro de los 20 o 30 días de notificada, según el caso. La norma fue comunicada a la ANSES y rige desde su publicación.