Una investigación que comenzó en agosto de 2025 por un allanamiento en un galpón de calle Fagnano, en Río Gallegos, tuvo dos desenlaces distintos: la Justicia Federal sobreseyó a Cáñamo Sur SAS en la causa original, pero luego homologó un acuerdo reparatorio en un expediente separado por la destrucción de 153 plantas que eran parte de la prueba judicial.
El operativo se realizó el 15 de agosto de 2025, a partir de una denuncia reservada que alertaba sobre una plantación y mencionaba quejas de vecinos por el olor. Después del allanamiento, se inmovilizó el material y se dispuso la clausura preventiva del inmueble mientras avanzaban las medidas de la investigación.
En un primer momento, la fiscalía investigó a la empresa por la actividad desarrollada entre el 30 de julio y el 15 de agosto de 2025. La discusión giró en torno a si el cultivo estaba alcanzado por las autorizaciones administrativas vigentes o si se trataba de cannabis comprendido por la Ley de Estupefacientes.
Con el avance del expediente, la defensa aportó documentación del INASE que indicaba que el inmueble de Fagnano estaba habilitado para operar con cáñamo industrial. También incorporó antecedentes de inspecciones previas y papeles vinculados a proyectos desarrollados junto al INTA.
La resolución judicial señala además que entre el 5 y el 10 de septiembre de 2025, en Fagnano 325/329, fueron “alteradas, destruidas e inutilizadas” 153 plantas de cannabis sativa que formaban parte de los elementos destinados a servir de prueba en la investigación original.
Por ese hecho se abrió un expediente aparte. Finalmente, dos personas investigadas aceptaron un acuerdo reparatorio y el juez Aldo Suárez lo homologó. Uno de los imputados deberá depositar $650.000 a favor del Hospital Regional de Río Gallegos y el otro transferir otros $650.000 al Hospital de Alta Complejidad SAMIC de El Calafate.
En paralelo, la causa principal terminó cerrándose. Al momento del control de acusación, la defensa pidió el sobreseimiento y la propia fiscalía retiró la acusación. El Ministerio Público Fiscal consideró que la conducta investigada no fue antijurídica, en función de las autorizaciones estatales que la empresa había tenido antes y después del período bajo análisis.
Con ese planteo, y sin acusación fiscal sostenida ni querella, la Justicia resolvió sobreseer a Cáñamo Sur SAS por el cultivo investigado entre el 30 de julio y el 15 de agosto de 2025.