Junto con otros legisladores, la diputada nacional por Santa Cruz presentó un proyecto de ley que regula la actividad de Guías de Turismo en todo el país. Crea el registro obligatorio para quienes ejerzan esta profesión y que estén formados en universidades o terciarios. Hace especial hincapié a la obligatoriedad de ser profesional habilitado para guiar dentro de los Parques Nacionales, en contraposición a lo que decidió el gobierno nacional.
La diputada nacional Ana María Ianni (UPP-Santa Cruz), presentó un proyecto de ley cuyo objetivo es “la protección, definición y caracterización del guía de turismo, estableciendo los requisitos básicos para su desempeño” dentro del territorio nacional.
La legisladora fundamenta que “una de las primeras medidas del Presidente Javier Milei, con la publicación del Decreto de Necesidad y Urgencia 70/23, fue desregular toda actividad relacionada con el turismo en la Argentina, pretendiendo que por una supuesta libertad de mercado nuestros recursos, territorio y empleo se proteja así mismo, lo cual, a más de un año transcurrido, ha sido evidente que el mercado no se regula solo y cuando lo hace es en detrimento de los turistas tanto del turismo receptivo como del emisivo”
La norma establece entre otras cosas, la definición de la profesión de Guía de Turismo, sus Derechos y Obligaciones, la forma de Acreditación y los requisitos para ejercer dicha profesión.
Afirma el proyecto de ley que se debe obtener el título universitario o terciario de una institución educativa pública o privada que esté homologada por la autoridad competente, para estar habilitado
“El guía nacional de turismo está habilitado a desplazarse de manera interjurisdiccional, por todo el territorio nacional, cumpliendo las funciones de guía/coordinador, sin ser requerido por las jurisdicciones provinciales. En el destino debe ajustarse a las normas locales vigentes, adoptando el servicio del guía local, en el caso que sea requerido”, afirma uno de los párrafos.
También se crea Registro Nacional de Guías de Turismo. Créase el Registro Nacional de Guías de Turismo (RENAGUIT), donde deberán están inscriptos todos los guías de turismo del país, a los que se les otorga de forma gratuita una credencial oficial, un número de legajo, que tendrá vigencia de 10 años, y con renovación simple acreditando nuevamente el título habilitante de guía.
“La inscripción al Registro Nacional de Guías de Turismo es condición obligatoria para el ejercicio de dicha actividad en el ámbito del territorio nacional”, remarca el texto del proyecto.
La iniciativa de la legisladora santacruceña se da en el mismo momento que entra en vigencia las resoluciones 61 y 62 de la Administración de Parques Nacionales, mediante las cuales se desregulan actividades, entre ellas quita la obligatoriedad a las agencias de contratar guías de turismo para ingresar a las áreas protegidas bajo su jurisdicción.
Justamente un artículo (el 6to) está especialmente referido a los Parques Nacionales. “Los guías de turismo inscriptos en el RENAGUIT, y habilitados por la Administración Nacional de Parques Nacionales son los autorizados a guiar en las áreas protegidas nacionales, ajustándose a la normativa vigente nacional y de cada jurisdicción en particular si la hubiera”, afirma
Los grupos de visitantes que ingresen a un área protegida nacional, deben hacerlo acompañados por un guía de turismo debidamente habilitado por la Administración Nacional de Parques Nacionales.
“Se hace necesario actualizar la normativa nacional a las demandas vigentes para un mejor desarrollo de la actividad y mayor protección de sus consumidores. Y la forma más directa de realizar es establecer de forma taxativa los derechos y obligaciones de los guías de turismo, quienes se encuentran en la primera línea ante las demandas de quienes se acercan a los sitios más atractivos de nuestro país para gozar de su tiempo libre”, argumenta la legisladora santacruceña.
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