La Constitución Nacional establece en su artículo 37 que el voto es obligatorio, pero hay situaciones especiales que contemplan las leyes que regulan su ejercicio.
Multas
Las personas que no fueron a votar y no justifiquen la ausencia de acuerdo a las causales citadas en esta nota, deberán pagar una multa de 100 pesos.
Mientras no paguen la multa, quedarán registrados como infractores, lo que implica que no podrán hacer trámites durante un año ni obtener el pasaporte. Tampoco podrán ser designados funcionarios públicos durante tres años.
(Fuente: Infobae.)
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